Planes de Autoprotección

Seguridad, prevención y cumplimiento normativo para tu actividad

Un Plan de Autoprotección es mucho más que un requisito legal: es la herramienta clave para proteger a las personas, garantizar la continuidad del negocio y responder de forma eficaz ante cualquier situación de emergencia.

En securitec.org diseñamos e implantamos Planes de Autoprotección operativos, realistas y adaptados a la normativa vigente de cada comunidad autónoma, asegurando que tu instalación esté preparada antes de que ocurra una emergencia.

👉 Solicita ahora tu Plan de Autoprotección y evita riesgos legales y operativos.

¿Qué es un Plan de Autoprotección?

Un Plan de Autoprotección (PAU) es un documento técnico obligatorio que analiza los riesgos de una instalación, actividad o evento y establece:
Los medios de protección disponibles
La organización de los equipos de emergencia
Los procedimientos de actuación
Las medidas de prevención, evacuación y respuesta
Su objetivo es permitir una gestión coordinada, rápida y eficaz de cualquier emergencia, minimizando daños personales, materiales y medioambientales.

Marco legal de los Planes de Autoprotección en España

La figura del Plan de Autoprotección se reguló oficialmente con el Real Decreto 393/2007, conocido como Norma Básica de Autoprotección (NBA), que definió:

  • Contenidos mínimos del plan
  • Actividades e instalaciones obligadas
  • Periodicidad de simulacros
  • Criterios de implantación y mantenimiento

Aunque esta norma fue derogada en 2023 por el Real Decreto 524/2023sigue aplicándose de forma transitoria hasta la aprobación del nuevo marco estatal (prevista antes de julio de 2027).

Normativa autonómica

Actualmente, cada comunidad autónoma desarrolla sus propios decretos y requisitos técnicos, por lo que resulta imprescindible adaptar el Plan de Autoprotección al territorio concreto donde se ubica la actividad.

🔍 En securitec.org analizamos tu caso y aplicamos exactamente la normativa que te corresponde.

¿Quién puede elaborar un Plan de Autoprotección?

Los Planes de Autoprotección deben ser redactados y firmados por técnicos competentes, aunque la responsabilidad final de su implantación y mantenimiento recae siempre en el titular de la actividad.

Habitualmente, estos técnicos son:

  • Ingenieros
  • Arquitectos
  • Técnicos especializados en autoprotección y protección civil

Nuestro equipo técnico combina experiencia normativa y enfoque práctico, garantizando planes viables, auditables y útiles en situaciones reales.

Implantación y mantenimiento: la clave de la eficacia

Un Plan de Autoprotección no es un documento estático. Para que funcione correctamente debe:

  • Mantenerse siempre actualizado
  • Revisarse de forma integral cada 3 años
  • Modificarse ante cualquier cambio relevante en la actividad, ocupación o instalación
  • Realizar al menos un simulacro anual, o más si la normativa o el riesgo lo exige

En securitec.org no solo elaboramos el plan:
✔ Implantamos
✔ Formamos al personal
✔ Organizamos simulacros
✔ Aseguramos su mantenimiento legal y operativo

Objetivos de un Plan de Autoprotección bien diseñado

Nuestros Planes de Autoprotección están orientados a:

✔ Cumplir con la legislación vigente en Autoprotección y Protección Civil
✔ Evaluar el estado real de la instalación frente a riesgos, especialmente incendios
✔ Centralizar toda la documentación técnica y operativa
✔ Establecer procedimientos claros y eficaces de actuación
✔ Mejorar la cultura preventiva del personal
✔ Reducir tiempos de reacción y consecuencias ante una emergencia

👉 La prevención no es un gasto: es una inversión en seguridad y continuidad.

Cómo trabajamos en securitec.org

Desarrollamos Planes de Autoprotección llave en mano, adaptados a cada cliente:

  • Análisis técnico y evaluación de riesgos
  • Planos y documentación actualizada
  • Implantación y formación de equipos
  • Simulacros y mejora continua

📩 Contacta con nosotros y solicita tu presupuesto sin compromiso.

Preguntas frecuentes sobre Planes de Autoprotección

¿Mi empresa está obligada a tener un Plan de Autoprotección?

Depende del tipo de actividad, ocupación, superficie y riesgo. Muchas instalaciones industriales, comerciales, sanitarias, educativas y de pública concurrencia están obligadas.

¿Cada cuánto tiempo debe revisarse el plan?

Como mínimo, cada 3 años, y siempre que haya cambios relevantes en la actividad o el edificio.

¿Qué pasa si no tengo Plan de Autoprotección?

Puede suponer sanciones administrativas, problemas con seguros y responsabilidades legales en caso de emergencia.

¿Securitec se adapta a mi comunidad autónoma?

Sí. Elaboramos planes 100 % adaptados a la normativa autonómica y sectorial aplicable.