Planes de Autoprotección para infraestructuras logísticas y de transporte
Las terminales de logística y transporte constituyen infraestructuras críticas dentro del sistema nacional de movilidad y abastecimiento, tanto de mercancías como de personas. Su actividad se caracteriza por una alta intensidad operativa, tránsito continuo, concentración de recursos técnicos y, en muchos casos, la gestión de mercancías peligrosas.
Estas características hacen imprescindible la implantación de Planes de Autoprotección que permitan anticipar riesgos y organizar una respuesta eficaz ante situaciones de emergencia.
En Securitec elaboramos Planes de Autoprotección adaptados a terminales de logística y transporte, diseñados para proteger a las personas, las mercancías y las infraestructuras críticas, garantizando la continuidad operativa.
Marco normativo aplicable
El régimen básico de autoprotección en terminales logísticas y de transporte se establece en el:
Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo
Norma Básica de Autoprotección (NBA)
Esta norma es de aplicación a instalaciones cuya actividad pueda generar situaciones de emergencia, incluyendo infraestructuras vinculadas al transporte, la logística y la distribución.
Obligación de disponer de Plan de Autoprotección
De acuerdo con el Anexo I del Real Decreto 393/2007, las terminales de logística y transporte están obligadas a disponer de Plan de Autoprotección cuando:
- Superan determinados umbrales de ocupación o afluencia.
- Manejan mercancías peligrosas.
- Incorporan infraestructuras industriales o sistemas técnicos con riesgo asociado, como:
- Combustibles
- Gas
- Instalaciones eléctricas de alta potencia
- Son consideradas de interés especial para la protección civil, por estar integradas en:
- Redes logísticas nacionales
- Infraestructuras ferroviarias
- Puertos comerciales
- Aeropuertos, aeródromos e instalaciones aeroportuarias
- Túneles y grandes infraestructuras de transporte
Normativa autonómica complementaria
Además de la normativa estatal, existen referencias autonómicas que pueden imponer requisitos adicionales de carácter técnico, formativo o administrativo.
Ejemplo: País Vasco
- Decreto 277/2010, Norma Vasca de Autoprotección
Este decreto reduce significativamente los umbrales para establecer obligaciones en materia de autoprotección en actividades e infraestructuras de transporte, lo que refuerza la necesidad de adaptar el Plan de Autoprotección al marco normativo específico del territorio donde se ubica la terminal.
La autoprotección en terminales logísticas y de transporte
Las terminales de logística y transporte son espacios en los que confluyen:
- Grandes volúmenes de mercancías
- Tránsito constante de vehículos y personas
- Operaciones simultáneas
- Productos o materiales de riesgo
Estas condiciones convierten la autoprotección en un requisito esencial de gestión, más allá del cumplimiento normativo.
Análisis de riesgos y planificación operativa
Un Plan de Autoprotección eficaz en este ámbito parte de un análisis exhaustivo de los procesos y operaciones, identificando situaciones que pueden generar emergencias, como:
- Incendios
- Derrames o fugas
- Colisiones internas
- Fallos de equipos e instalaciones
- Incidentes derivados de la manipulación de mercancías peligrosas
A partir de este análisis se desarrollan procedimientos de actuación específicos que permiten gestionar cada escenario con rapidez y seguridad.
Organización interna y respuesta ante emergencias
El Plan de Autoprotección define:
- Una organización interna de respuesta, con responsabilidades claramente asignadas
- Equipos y funciones operativas
- Sistemas de comunicación y alarma
- Coordinación con los servicios externos de emergencia
Todo ello orientado a garantizar una intervención rápida y coordinada, minimizando daños personales, materiales y operativos.
Medidas preventivas, formación y evacuación
El plan contempla medidas preventivas como:
- Señalización clara y adaptada al entorno logístico
- Rutas de evacuación seguras
- Puntos de reunión
- Gestión de medios técnicos disponibles
Asimismo, la formación del personal es un elemento clave para asegurar que todos los trabajadores conocen los procedimientos y saben cómo actuar ante una emergencia.
Interacción con los distintos medios de transporte
La autoprotección en terminales de logística y transporte debe considerar la interacción con los distintos modos de transporte, adaptando los procedimientos a las particularidades de cada uno:
- Transporte ferroviario
- Transporte por carretera
- Transporte aéreo
- Transporte marítimo
Esta adaptación permite cubrir todo el espectro de riesgos operativos asociados a la actividad de la terminal.
Planes de Autoprotección para logística y transporte con Securitec
En securitec.org desarrollamos Planes de Autoprotección para terminales logísticas y de transporte, orientados a:
✔ Cumplir la normativa estatal, autonómica y local
✔ Gestionar riesgos operativos complejos
✔ Proteger a trabajadores, usuarios y mercancías
✔ Salvaguardar infraestructuras críticas
✔ Garantizar la continuidad de la actividad
La autoprotección es una inversión en seguridad y eficiencia operativa.
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